QUIÉNES PUEDEN SER MIEMBROS DE SOCHEG
 
De acuerdo al TITULO SEGUNDO de los estatutos, pueden ser miembros los profesionales universitarios de las ciencias de la salud, médicos cirujanos y otros, que posean títulos reconocidos por la legislación chilena, involucrados en investigación básica o clínica y/o docencia de nivel universitario o se dediquen profesionalmente a cualquiera de los diversos aspectos de la endocrinología ginecológica, cuenten con nivel científico adecuado a criterio del directorio, y cumplan con las demás exigencias que el Directorio eventualmente defina como  necesarias para el mejor cumplimiento de los objetivos de la Sociedad.
 
CATEGORIAS DE SOCIOS O MIEMBROS
Hay cuatro categorías de socios a las que se puede postular personalmente: Titulares, Adherentes, Correspondientes y Colaboradores.
 
Miembros o Socios Titulares: Son los socios fundadores y los que son aceptados como Titulares  por el voto afirmativo de las tres cuartas partes de los miembros del Directorio, cumpliendo con las condiciones señaladas en el artículo sexto de los estatutos.-
 
Miembros o Socios Adherentes: Pueden postular quienes no cumplan alguno de los requisitos explicitados en el artículo sexto de los estatutos. Su promoción a la categoría de Titular será resuelta por el Directorio por mayoría cuando sea solicitada por el postulante y acredite cumplir las condiciones exigidas en el artículo sexto.  Los socios adherentes tienen derecho a asistir y participar en todas las reuniones mientras mantengan sus cuotas al día y formar parte de comisiones u otros organismos ejecutivos de la Corporación. Pueden participar en la asambleas con derecho a voz, pero no a voto, no pueden ser elegidos en cargos del Directorio ni ejercer cargos administrativos ni de fiscalización.
 
Miembros o Socios Correspondientes: Podrán optar a esta categoría aquellos postulantes que residan fuera del país y pertenezcan a Sociedades equivalentes  a SOCHEG en su país de residencia que hubieren celebrado convenios de correspondencia con SOCHEG, debiendo cumplir con requisitos equivalentes a los nacionales, para ser aceptados con el voto aprobatorio de tres cuartas partes de Directorio. La membrecía caducará en el momento que lo haga el convenio o la titularidad del socio en su sociedad de orígen o por decisión fundada de tres cuartas partes del directorio.
 
Miembros o Socios Colaboradores: Son aquellas personas naturales o jurídicas, que no cumplen con las condiciones exigidas en el artículo sexto de los estatutos pero manifiestan su voluntad de colaborar de forma activa y continua con la Sociedad. Requieren ser reconocidos en calidad de Miembros Colaboradores por el Directorio y su membresía dura por tiempo que el Directorio defina.
 
POSTULACIÓN A SOCIO/A
 
De acuerdo a los estatutos la postulación a cualquier calidad de socio deberá hacerse por escrito, patrocinados por tres directores, pero la presentación puede hacerse con solo un patrocinante, debiendo adjuntarse los antecedentes que respalden el ingreso: la solicitud de admisión, la ficha de inscripción (el formulario WEB), una copia del certificado de título y un currículo resumido, los que serán dirigidos al Directorio de SOCHEG a través del formulario web.
 
La solicitud de ingreso implica la aceptación y adhesión a los estatutos. La aprobación o rechazo de las postulaciones son resueltas  por el Directorio en la siguiente sesión a la fecha de postulación, y la decisión es comunicada por el secretario en un plazo no mayor de un mes.
 
LA CUOTA ANUAL
Cada socio está afecto al pago de la cuota social cuyo monto es fijado cada año por el directorio, de acuerdo a los estatutos.  La incorporación requiere haber pagado la primera cuota, de ahí en adelante el vencimiento anual es el día 31 de marzo de cada año calendario.
 
POSTULACIÓN 
 
Encontrará en postulación el procedimiento para enviar los datos y archivos.
 
Para solicitar certificados de vigencia como socio, escriba a secretario.general@socheg.org
 
 
SOCHEG
Sociedad Chilena de Endocrinología Ginecológica